
¿Qué significa esto?
Las industrias fueguinas seguirán exentas de pagar ciertos impuestos nacionales, como el IVA y Ganancias, incluso en situaciones que antes estaban limitadas (como ventas a consumidores finales o mediante intermediarios).
¿Qué dice el nuevo decreto?
El decreto presidencial establece que no se aplicarán ciertas restricciones impositivas que habían sido introducidas por normas anteriores (los decretos 1139/88 y 1395/94), y que afectaban especialmente a las ventas a consumidores finales, ventas a empresas vinculadas o realizadas mediante intermediarios.
Estas restricciones, según el texto oficial, perjudicaban la competitividad de los productos fueguinos en el resto del país, en un contexto económico muy distinto al actual. Por eso, el Gobierno decidió remover esas limitaciones y garantizar que las empresas que cumplen con los requisitos del régimen puedan mantener sus beneficios completos.
🏭 ¿A quiénes beneficia?
✔️ Empresas radicadas en el Área Aduanera Especial de Tierra del Fuego.
✔️ Que estén adheridas al régimen de promoción industrial vigente (Decreto 727/2021).
✔️ Que demuestren que sus productos son originarios de la provincia.
📈 ¿Por qué es importante?
El Gobierno argumenta que la apertura económica actual cambió las reglas del juego, y que las limitaciones anteriores dejaron en desventaja al polo industrial fueguino frente a otros mercados. Por eso, se decidió “remover obstáculos” para asegurar la continuidad del régimen.