
por Minuto Fueguino
El fallo revocó lo dispuesto semanas atrás por la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, quien habia habilitado a la exmandataria a sufragar. En aquel pronunciamiento, la magistrada habia declarado inconstitucionales los articulos del Código Penal y del Código Electoral que excluyen a los condenados de los registros de votantes.
La CNE, integrada por los camaristas Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Via, entendió lo contrario: que el padrón no puede ser modificado por vía judicial de oficio y que corresponde al Congreso de la Nación establecer una regulación clara sobre los derechos políticos de quienes cumplen condenas. En este caso, sostuvo que la exclusión es válida.
El criterio de la Cámara se apoya también en antecedentes recientes. En 2016, el tribunal había cuestionado restricciones automáticas para presos, aunque aclaró que los delitos vinculados a corrupción u otros hechos graves podían justificar la inhabilitación. Más tarde, en 2022, la Corte Suprema, a través del caso "Orazi", avaló que cada situación se evaluara de manera individual, sin habilitaciones generales.
El fiscal nacional electoral Ramiro González ya había pedido expresamente excluir a la exmandataria del padrón, señalando que no existía normativa que la amparara. Su postura fue ratificada por la Cámara, que consideró que la jueza Borruto no tomó en cuenta los criterios fijados tras el precedente "Orazi" y que actuó de manera irregular al dictar sentencia de oficio.
De esta manera, Cristina Kirchner no podrá votar en las elecciones legislativas del 26 de octubre. Será la primera vez desde el retorno de la democracia que el padrón definitivo se publique sin su nombre entre los electores habilitados.