El Gobierno nacional mantuvo la bonificación del 50% por Zona Fría para los usuarios residenciales de gas de Tierra del Fuego, pero introdujo modificaciones en la forma de calcular el beneficio, lo que reducirá su impacto efectivo en las facturas.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 299/2026 de la Secretaría de Energía, en el marco de los cambios establecidos por la Ley 27.828. La nueva normativa mantiene el descuento geográfico para los hogares fueguinos, aunque modifica la base sobre la cual se aplica.
Uno de los principales cambios del nuevo esquema es que la bonificación del 50% dejará de calcularse sobre el conjunto de los componentes de la tarifa y pasará a aplicarse exclusivamente sobre el precio del gas.
De esta manera, aunque el porcentaje nominal del beneficio se mantiene, el ahorro final podría ser menor, ya que otros conceptos incluidos en la factura no estarán alcanzados por esta bonificación.
La medida comprende también al resto de la Patagonia, al departamento mendocino de Malargüe y a la región de la Puna.
Otro aspecto relevante es que el porcentaje de descuento dejó de estar establecido expresamente por ley y pasó a depender de las decisiones del Poder Ejecutivo nacional. Esto significa que no existe una garantía normativa de que la bonificación del 50% se mantenga sin cambios en el futuro.
La Resolución 299/2026 también incorporó una bonificación adicional del 20% por Zona Fría para determinados hogares incluidos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), siempre que cumplan las condiciones socioeconómicas previstas.
Sin embargo, los usuarios residenciales de Tierra del Fuego y del resto de la Patagonia quedaron excluidos de este descuento adicional, debido a que ya cuentan con la bonificación geográfica del 50%.
La exclusión se refiere específicamente al nuevo adicional del 20% y no implica que los hogares fueguinos pierdan la posibilidad de acceder a los subsidios generales destinados a los usuarios que reúnen los requisitos establecidos.
La normativa mantiene la posibilidad de que las familias de Tierra del Fuego soliciten o reciban los Subsidios Energéticos Focalizados, de acuerdo con las condiciones socioeconómicas correspondientes.
De esta manera, los usuarios podrán conservar la bonificación geográfica del 50% y acceder a los subsidios generales del SEF cuando corresponda, pero no podrán sumar el nuevo adicional del 20% previsto para determinados hogares de otras regiones.
El impacto concreto sobre cada factura dependerá de la composición tarifaria, el consumo registrado y los subsidios que correspondan a cada usuario.
La Resolución 299/2026 entró en vigencia el 27 de octubre de 2026, aunque establece su aplicación a los consumos comprendidos desde el 13 de octubre, fecha en la que comenzó a regir la Ley 27.828.
La disposición no fija una fecha de vencimiento para la bonificación del 50%, pero tampoco garantiza que ese porcentaje se mantenga durante un período determinado. Cualquier modificación futura dependerá de nuevas decisiones del Gobierno nacional.
En este escenario, Tierra del Fuego conservará el descuento por Zona Fría, aunque bajo condiciones que limitan su alcance sobre el total de la factura. La continuidad del beneficio representa el mantenimiento de una bonificación histórica para los hogares fueguinos, pero el cambio en la base de cálculo podría traducirse en un menor ahorro efectivo para los usuarios residenciales.