23/04/2026 - Edición Nº434

Provinciales

TOLHUIN

La Justicia anuló la inscripción de Leolabs en Tierra del Fuego y profundizó el conflicto por el radar en Tolhuin

22/04/2026 09:09 | El fallo rechazó la disolución de la empresa, pero avanzó de oficio con la nulidad de su registración. La medida le impide operar en la provincia y vuelve a poner en el centro del debate la soberanía, la seguridad nacional y el control de inversiones estratégicas.



En una resolución de fuerte impacto institucional, el Juzgado Civil y Comercial N° 2 del Distrito Judicial Sur resolvió declarar la nulidad de la inscripción de Leolabs Argentina S.R.L. en Tierra del Fuego, en el marco de la causa vinculada a la instalación de un radar en la localidad de Tolhuin. Aunque el tribunal rechazó el pedido de disolución de la empresa impulsado por la Inspección General de Justicia (IGJ), avanzó de oficio con una decisión que, en los hechos, le impide operar legalmente dentro de la provincia.

El fallo introduce un punto de inflexión en un caso que desde sus inicios generó controversia política, social y estratégica, al involucrar un desarrollo tecnológico en una zona considerada sensible desde el punto de vista geopolítico.

La demanda original había sido presentada por la IGJ, que solicitaba la disolución y liquidación de la sociedad al considerar que la firma enfrentaba una imposibilidad sobreviniente de cumplir con su objeto social. Este argumento se sustentaba en la decisión del Estado nacional de revocar la autorización para la instalación y funcionamiento del radar, medida adoptada por razones de defensa y seguridad nacional.

Sin embargo, el juez entendió que esa imposibilidad no es absoluta ni definitiva. En su análisis, remarcó que la empresa mantiene abiertos distintos recursos administrativos y que incluso podría recurrir a la vía judicial para cuestionar la decisión estatal, lo que deja abierta la posibilidad de revertir el escenario actual.

Bajo ese criterio, el tribunal aplicó el principio de conservación de la empresa previsto en la Ley General de Sociedades, que prioriza la continuidad de las sociedades comerciales frente a situaciones que no impliquen una imposibilidad total de funcionamiento. En consecuencia, rechazó el pedido de disolución planteado por el organismo de control.

No obstante, el fallo avanzó más allá de la pretensión original de la IGJ. De oficio —es decir, por iniciativa propia— el magistrado realizó un análisis sobre el interés público comprometido en el caso. Para ello, tomó en consideración informes del Ministerio de Defensa, así como el contexto general que rodea la instalación del radar en Tolhuin.

En ese marco, concluyó que el objeto social de la empresa podría resultar incompatible con intereses superiores del Estado, particularmente en lo que respecta a la soberanía nacional y la seguridad estratégica. Sobre esa base, resolvió declarar la nulidad de la inscripción de Leolabs Argentina S.R.L., una medida que implica la cancelación de su registración en Tierra del Fuego.

Desde el punto de vista jurídico, esta decisión tiene efectos concretos e inmediatos: la empresa pierde su habilitación formal para operar en la jurisdicción provincial, lo que condiciona fuertemente cualquier intento de retomar actividades vinculadas al proyecto del radar.

El caso de Leolabs no es uno más. Desde que trascendió la instalación del radar en Tolhuin, distintos sectores políticos, sociales y académicos manifestaron preocupación por las posibles implicancias geopolíticas del proyecto. En particular, se puso el foco en la ubicación estratégica de Tierra del Fuego, en el extremo sur del continente, y su cercanía con las Islas Malvinas, en un contexto histórico atravesado por disputas de soberanía en el Atlántico Sur.

Las críticas también apuntaron a la falta de información clara sobre el alcance de las operaciones del radar, su potencial uso y los vínculos internacionales de la empresa, lo que alimentó sospechas y tensiones en torno a la presencia de infraestructura tecnológica de este tipo en la región.

En ese escenario, la decisión judicial recoge, en parte, esa sensibilidad social y política, al incorporar el análisis del interés público como un elemento central en la resolución. No se trata únicamente de una cuestión societaria, sino de un caso donde confluyen aspectos legales, estratégicos y de política de Estado.

A pesar del impacto del fallo, la situación aún no está cerrada. Se trata de una resolución de primera instancia, lo que significa que puede ser apelada por las partes involucradas. En ese sentido, el futuro de Leolabs Argentina S.R.L. y del proyecto del radar en Tolhuin quedará sujeto a lo que determinen las instancias judiciales superiores.

Mientras tanto, el caso sigue generando repercusiones en distintos ámbitos, reabriendo el debate sobre los límites al desarrollo de proyectos tecnológicos en zonas estratégicas, el rol del Estado en el control de inversiones sensibles y la necesidad de garantizar que cualquier iniciativa de este tipo se encuadre dentro de los intereses nacionales.

La definición judicial no solo marca un precedente en materia societaria, sino que también expone la complejidad de articular desarrollo tecnológico, inversión privada y resguardo de la soberanía en territorios clave como Tierra del Fuego. Un equilibrio delicado que, a partir de este fallo, vuelve a quedar en el centro de la escena.