La Secretaría de Transporte de la Nación oficializó una nueva etapa en el proceso de reforma del sistema de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) mediante la Resolución 32/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La medida dispone la apertura permanente del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, permitiendo que nuevos establecimientos puedan inscribirse para realizar controles técnicos tanto a vehículos particulares como comerciales, de pasajeros o de carga.
Desde el Gobierno nacional señalaron que el objetivo es ampliar la oferta de prestadores, fomentar la competencia y reducir las barreras burocráticas que limitaban la actividad. El registro funcionará de manera digital a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD) y será gratuito para quienes soliciten su incorporación.
La resolución se enmarca en los cambios impulsados por el Decreto 196/2025, que modificó el esquema de la RTO y habilitó a que cualquier taller, concesionaria o importador que cuente con la capacidad técnica requerida pueda realizar las inspecciones vehiculares.
Además, la normativa elimina restricciones que impedían el ingreso de nuevos actores al sistema desde 2023, cuando se había dejado sin efecto el mecanismo de incorporación de prestadores.
Otro de los puntos centrales de la medida es que el Estado nacional dejará de intervenir en la fijación de precios del servicio, limitando su rol a la supervisión técnica, la fiscalización y el control del cumplimiento de los estándares de seguridad vial.
La resolución también encomienda a la Subsecretaría de Transporte Automotor el desarrollo de una base de datos nacional que centralice la información de todas las revisiones técnicas realizadas en el país. El sistema deberá estar operativo en un plazo de 90 días y permitirá registrar certificados, resultados de inspecciones y antecedentes de los vehículos.
Desde el Ejecutivo sostienen que las modificaciones buscan modernizar el sistema, agilizar los trámites administrativos y ampliar la cantidad de talleres habilitados, manteniendo los controles vinculados a la seguridad vial.
La fiscalización de los establecimientos continuará bajo la órbita de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), mientras que la Agencia Nacional de Seguridad Vial deberá adecuar sus procedimientos a las nuevas disposiciones.