por Redacción Del Pueblo
El Gobierno de Tierra del Fuego formalizó la presentación de una apelación contra el fallo emitido por el Juzgado Electoral provincial que había declarado nulo el decreto mediante el cual se convocaba a elecciones de convencionales constituyentes, previstas originalmente para el 9 de agosto.
La decisión fue confirmada por Fogosato, quien explicó que el objetivo de la presentación es que el expediente sea elevado a la Cámara correspondiente, con el fin de que se revisen los fundamentos de la sentencia, se analicen los agravios expuestos por el Poder Ejecutivo y, eventualmente, se revoque la nulidad dictada en primera instancia.
Desde la Provincia sostienen que el decreto cuestionado fue dictado en el marco de la Ley 1529, norma que declaró la necesidad de la reforma constitucional en el ámbito provincial, y que dicho acto administrativo cumple con todos los requisitos legales exigidos para su validez, entre ellos la competencia del órgano emisor, la causa, el objeto, la motivación suficiente y el procedimiento administrativo correspondiente.
En esa línea, el Ejecutivo remarca que el decreto no puede analizarse de manera aislada, sino como parte de una secuencia institucional y jurídica que incluyó intervenciones previas del Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego, el cual ya se había pronunciado sobre la constitucionalidad de la Ley 1529. Según esa interpretación, el máximo tribunal provincial no solo convalidó la norma, sino que además habilitó el camino institucional para avanzar con el proceso de reforma constitucional.
Uno de los puntos centrales de la apelación presentada por el Gobierno es que la sentencia del Juzgado Electoral habría incurrido en un “exceso jurisdiccional” al reinterpretar decisiones previas del Superior Tribunal de Justicia. Para el Ejecutivo, esa reinterpretación altera el alcance de fallos ya firmes en el ámbito local y excede las competencias del tribunal electoral, afectando la coherencia del sistema judicial provincial.
En ese marco, la Provincia también pone el foco en la situación del recurso extraordinario federal y la queja actualmente presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Según el planteo oficial, ese recurso no tiene efecto suspensivo sobre las decisiones adoptadas en la jurisdicción local, por lo que no impide la continuidad del proceso electoral ni la ejecución del decreto de convocatoria.
El Ejecutivo advierte que aceptar una interpretación contraria implicaría que cualquier proceso administrativo o electoral podría quedar paralizado por la sola existencia de una presentación pendiente ante la Corte, lo que —según su visión— afectaría la seguridad jurídica y la estabilidad institucional de las decisiones ya adoptadas en el ámbito provincial.
Fogosato también cuestionó el momento en el que se dictó la nulidad del decreto, al señalar que la resolución judicial se produjo cuando el proceso electoral ya había sido notificado formalmente y comenzaba a desplegar sus etapas operativas. En ese sentido, el Gobierno considera que la sentencia introduce un grado de incertidumbre institucional en una instancia donde el cronograma ya se encontraba en ejecución.
Otro aspecto señalado por el Ejecutivo es la intervención de los partidos políticos en el expediente, a partir del traslado por cinco días dispuesto por la autoridad judicial. Desde la Provincia interpretan que este paso, si bien previsto en el procedimiento, refleja la existencia de un proceso electoral ya iniciado y la necesidad de resguardar la participación de las fuerzas políticas en el debate judicial.
Tras la presentación de la apelación, el Gobierno solicitó que la causa sea tratada con carácter de “pronto despacho”, en función de la proximidad de las fechas previstas en el cronograma electoral y la necesidad de evitar demoras que puedan afectar la organización de los comicios.
En ese sentido, el Ejecutivo advirtió que los tiempos judiciales resultan determinantes para la continuidad del proceso electoral, ya que cualquier dilación podría impactar directamente en las etapas preparatorias y en la ejecución del calendario previsto originalmente.
A pesar de la disputa judicial en curso, desde la Provincia sostienen que el decreto mantiene su presunción de validez y que el proceso electoral debe continuar su curso hasta tanto la Cámara se expida sobre la apelación presentada. La definición de esa instancia será clave para determinar si se sostiene el cronograma vigente o si será necesario reordenar la planificación electoral establecida inicialmente.