En diálogo con FM La Isla, Paderne explicó que Córdoba es representado actualmente por el estudio jurídico y que el abogado Maximiliano Hercole fue quien desarrolló la nueva estrategia defensiva tras la sentencia condenatoria.
El letrado señaló que cuando asumieron la representación, Córdoba ya había sido condenado y permanecía detenido bajo prisión preventiva, pese a que la sentencia todavía no se encontraba firme.
Desde la defensa consideraron que la prisión preventiva no estaba debidamente fundamentada, principalmente porque Córdoba había atravesado todo el proceso en libertad y, según sostuvo Paderne, no existían elementos concretos que demostraran riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación.
En ese sentido, explicó que la defensa entendió que correspondía solicitar directamente la excarcelación y no una prisión domiciliaria. Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al planteo y dispuso la libertad de Córdoba bajo caución juratoria.
Paderne destacó que el dirigente de ATE “siempre estuvo a derecho”, se presentó ante la Justicia cuando fue requerido y no obstaculizó el desarrollo de la causa.
Para el abogado, la resolución del máximo tribunal provincial reafirma el carácter excepcional de la prisión preventiva cuando existe una condena que todavía está siendo revisada.
Con la discusión sobre la prisión preventiva resuelta, la defensa puso el foco en la condena a cinco años de prisión por los hechos de estafa vinculados al plan de viviendas de ATE en Ushuaia.
Uno de los principales cuestionamientos está relacionado con la participación del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) como querellante.
Paderne sostuvo que, al finalizar la etapa de instrucción, las partes debían realizar el correspondiente requerimiento de elevación a juicio y que el IPV no habría efectuado ese planteo dentro del momento procesal correspondiente.
Según la interpretación de la defensa, esa situación habría provocado que el organismo perdiera determinadas facultades dentro del proceso.
El abogado recordó que el Ministerio Público Fiscal había planteado una salida con un techo punitivo de dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento condicional, pero que el IPV se opuso y el Tribunal de Juicio terminó haciendo lugar a esa postura.
“El IPV no tenía ese derecho. Lo había perdido”, afirmó Paderne.
A partir de allí, el letrado sostuvo que se habría producido una irregularidad capaz de afectar los actos procesales posteriores.
“Todo ese proceso está viciado de nulidad”, aseguró.
En esa línea, fue todavía más contundente al explicar cuál sería la consecuencia de que el planteo defensivo fuera aceptado: “La condena es nula, tienen que retraer hasta el momento del requerimiento fiscal. Es el último acto procesal válido”.
Paderne explicó que estos cuestionamientos forman parte de los agravios presentados por la defensa en la instancia de casación.
Según indicó, dos de los tres agravios fueron admitidos, mientras que el tercero fue rechazado por el Tribunal de Juicio. Ante esta situación, la defensa presentó una queja con el objetivo de que el Superior Tribunal también analice ese planteo.
De esta manera, el futuro judicial de Córdoba continúa abierto. La liberación dispuesta por el STJ no implica una decisión sobre la validez de la condena, sino que permite que el dirigente permanezca en libertad mientras continúa la revisión de la sentencia.
Durante la entrevista, Paderne también realizó fuertes cuestionamientos a la estrategia utilizada por la anterior defensa de Córdoba.
“Tengo más de 40 años de profesión. Nunca vi una defensa tan errática como la que tuvo Carlos”, expresó.
El abogado sostuvo que sus críticas son de carácter estrictamente técnico y calificó la estrategia anterior como “absolutamente ineficaz”.
Entre otros aspectos, cuestionó que inicialmente se hubiera solicitado una prisión domiciliaria en lugar de discutir directamente la procedencia de la prisión preventiva.
“Si pedís una prisión domiciliaria, estás consintiendo el dictado de una prisión preventiva”, explicó.
Paderne también aclaró que la reciente decisión del Superior Tribunal de Justicia no anticipa ningún criterio respecto de la condena a cinco años.
“La sentencia de hoy se ocupa específicamente del incidente excarcelatorio. No se puede vincular una cosa con otra ni se debe”, sostuvo.
Por lo tanto, mientras Córdoba continúa en libertad, la discusión sobre la condena seguirá su curso en la instancia correspondiente.
La defensa buscará ahora que el Superior Tribunal analice los agravios planteados y determine si las irregularidades denunciadas tienen entidad suficiente para declarar la nulidad del proceso.
Así, el caso ingresa en una nueva etapa: la defensa consiguió la libertad de Córdoba mientras la sentencia no está firme y ahora apunta directamente a dejar sin efecto la condena de cinco años de prisión.