03/09/2026 - Edición Nº567

Nacionales

SALARIO MINIMO

Salario mínimo, vital y móvil: se oficializaron los nuevos montos hasta abril de 2027

02/09/2026 11:42 | Se dispuso la actualización de los haberes de referencia y los topes de las asignaciones por cese laboral a partir de septiembre



El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, mediante la Resolución 4/2026, fijó las pautas de actualización para los haberes mínimos y la prestación por desempleo.

La norma se emite mediante la figura del laudo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 137 de la Ley N° 24.013, luego de que en la reunión virtual del Consejo del pasado 28 de agosto de 2026 los integrantes no alcanzaran un acuerdo consensuado.

 

Alcance de la normativa

La resolución abarca a todos los trabajadores comprendidos en los siguientes regímenes:

  • Régimen de Contrato de Trabajo (Ley N° 20.744)
  • Régimen de Trabajo Agrario
  • Administración Pública Nacional y dependencias del Estado Nacional que actúen en carácter de empleador

Los montos establecidos corresponden a jornadas completas de trabajo (excluidas las asignaciones familiares) y se liquidarán en forma proporcional para los casos de jornadas reducidas o a tiempo parcial (artículos 92 ter y 198 de la Ley N° 20.744).

 

Esquema escalonado del Salario Mínimo, Vital y Móvil

 

La normativa dispone un cronograma de incrementos graduales repartido en ocho tramos entre septiembre de 2026 y abril de 2027:

  • Septiembre de 2026: $383.800 para mensualizados y $1.919 por hora para jornalizados.
  • Octubre de 2026: $391.200 para mensualizados y $1.956 por hora para jornalizados.
  • Noviembre de 2026: $398.800$ para mensualizados y $1.994 por hora para jornalizados.
  • Diciembre de 2026: $406.400$ para mensualizados y $ 2.032 por hora para jornalizados. 
  • Enero de 2027: $414.200 para mensualizados y $ 2.071 por hora para jornalizados.
  • Febrero de 2027: $422.000 para mensualizados y $ 2.110 por hora para jornalizados.
  • Marzo de 2027: $429.600 para mensualizados y $ 2.148 por hora para jornalizados.
  • Abril de 2027: $437.000$ para mensualizados y $ 2.185 por hora para jornalizados.

 

Prestación por desempleo

En relación con la Prestación por Desempleo (artículo 118 de la Ley N° 24.013), la norma dispone que el beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses previos al cese laboral. Asimismo, se fijan los siguientes topes límites de cobro:

  • Piso mínimo: no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente.
  • Tope máximo: no podrá superar el 100% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente.