por Redacción Del Pueblo
La jueza federal a cargo del Juzgado Federal de Río Grande, Dra. Mariel Borruto, dialogó con Rulo Quiroga por FM del Pueblo y brindó precisiones sobre la presentación judicial relacionada con las actividades de exploración y eventual explotación de hidrocarburos en la Cuenca Malvinas Norte.
La causa tomó relevancia a partir de la presentación impulsada por abogados vinculados a la cuestión ambiental, que buscan que desde la Justicia se disponga el cese de la continuidad de determinadas actividades vinculadas con la exploración de recursos hidrocarburíferos.
Ante la consulta sobre el estado del expediente, Borruto fue clara al señalar que “acaba de iniciarse”, por lo que todavía restan atravesar distintas etapas antes de que pueda existir una resolución.
La magistrada explicó que actualmente la presentación se encuentra en una instancia de vista a la Fiscalía. El Ministerio Público Fiscal deberá analizar el planteo y emitir su respuesta dentro de los plazos correspondientes.
Una vez cumplida esa etapa, el juzgado deberá revisar nuevamente la presentación y verificar que se encuentren cumplidos todos los requisitos necesarios para avanzar.
Borruto remarcó que el expediente tiene naturaleza civil y que, por lo tanto, se encuentra sometido a reglas procesales específicas. En ese sentido, explicó que el juzgado no puede actuar de manera discrecional, sino que debe ajustarse estrictamente a las normas correspondientes.
Entre los primeros aspectos que deben analizarse se encuentra la denominada legitimación activa, es decir, determinar quién o quiénes realizan la presentación, con qué carácter lo hacen y si se encuentran habilitados legalmente para promover la acción.
También se debe evaluar la forma en que fue presentada la demanda y la documentación que acompaña el planteo.
“Se revisan todos los requisitos. Si falta alguno, se solicita”, explicó la jueza.
Una vez cumplidas esas cuestiones, el juzgado estará en condiciones de avanzar hacia el análisis del pedido concreto.
Uno de los puntos centrales de la presentación es el pedido de una medida cautelar.
Borruto recordó que las medidas cautelares tienen una naturaleza provisoria y preventiva y que su otorgamiento requiere analizar una serie de condiciones.
Entre ellas mencionó la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, dos elementos fundamentales para determinar si corresponde adoptar una medida de carácter preventivo antes de que exista una resolución definitiva sobre el fondo de la cuestión.
La jueza explicó que, una vez analizados los requisitos y los argumentos de la parte que realizó la presentación, el juzgado deberá determinar si corresponde hacer lugar o rechazar el pedido cautelar.
En caso de que se adopte una medida que deba ser comunicada a las empresas involucradas, aparece otro elemento de especial complejidad: sus domicilios se encuentran fuera de la Argentina.
Borruto explicó que cuando una decisión judicial debe ser notificada a una empresa radicada en otro país, el procedimiento no puede completarse exclusivamente desde el juzgado.
En esos casos interviene la Cancillería argentina, ya que se trata de una comunicación que debe realizarse fuera del territorio nacional.
La jueza sintetizó el procedimiento señalando que el Poder Judicial llega “hasta la puerta de Cancillería”, mientras que posteriormente es el Poder Ejecutivo quien debe intervenir en el ámbito de sus competencias para concretar el trámite internacional.
La magistrada señaló que esta situación no es nueva para el Juzgado Federal de Río Grande y recordó que desde 2015 ha tenido que atravesar procesos similares con distintos gobiernos nacionales.
Según explicó, cada administración puede tener una política exterior diferente y, por lo tanto, la respuesta de los Estados extranjeros ante una comunicación judicial puede variar.
Borruto recordó incluso antecedentes en los que determinadas notificaciones fueron enviadas a otros países y no obtuvieron respuesta, mientras que en otros casos sí existió algún tipo de contestación.
La jueza remarcó que cada Estado tiene sus propias reglas y decisiones políticas y que el Poder Judicial argentino no puede imponer unilateralmente cómo debe actuar otro país.
En relación con este punto, Borruto insistió en que existe una clara división de competencias.
Mientras el Poder Judicial puede intervenir dentro de su ámbito jurisdiccional y adoptar las decisiones que correspondan de acuerdo con la legislación argentina, cuando la ejecución de determinadas actuaciones requiere intervención internacional entra en juego la política exterior del país.
“Cuando ya todo lo que excede nuestro territorio, ya es el Poder Ejecutivo el que va a tomar las medidas que correspondan”, explicó.
Por ese motivo, evitó anticipar cuál podría ser el resultado final del procedimiento internacional y señaló que esa instancia no depende exclusivamente de una decisión del juzgado.
También aclaró que la presentación actual constituye un nuevo expediente y que, respecto de la relación con el actual Gobierno nacional, no cuenta todavía con una experiencia específica sobre este caso porque se trata de una causa recientemente iniciada.
Durante la entrevista, Borruto también fue consultada por otros expedientes relacionados con la cuestión Malvinas y el trabajo realizado junto a abogados y representantes de los veteranos.
La magistrada señaló que existen causas relacionadas con los veteranos de Malvinas que continúan bajo análisis y que algunas de ellas llegaron hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En esos casos, el juzgado permanece a la espera de las definiciones que adopte el máximo tribunal.
Borruto destacó además que el trabajo con los abogados vinculados a estas causas forma parte de la actividad habitual del juzgado y que son tratados como cualquier otro profesional que interviene ante la Justicia.
Otro de los aspectos que surgieron durante la entrevista fue la relación entre el Poder Judicial y la comunidad.
La jueza recordó su participación en actividades educativas y manifestó su satisfacción por poder concurrir a escuelas para explicar el funcionamiento de la Justicia, las leyes y las instituciones.
Ante el mensaje de una docente que recordó una visita realizada años atrás junto con estudiantes de nivel secundario, Borruto expresó su alegría y señaló que le gusta participar de este tipo de encuentros siempre que su agenda se lo permite.
La magistrada explicó que su actividad actualmente es particularmente intensa debido a que, además de estar al frente del Juzgado Federal de Río Grande, debe asumir tareas de subrogación en distintos puntos de la Patagonia.
Mencionó que durante determinados períodos debe atender cuestiones vinculadas con Río Gallegos, Ushuaia y Esquel, entre otras jurisdicciones.
En ese sentido, destacó que la Justicia Federal tiene una particularidad: la actividad vinculada a determinados delitos no se limita al horario habitual de una oficina.
“Para el delito no hay horario”, expresó, al señalar que las tareas pueden extenderse durante las 24 horas, incluidos sábados y domingos.
A pesar de esa carga laboral, Borruto destacó la importancia de que los integrantes del Poder Judicial puedan explicar a la sociedad qué hacen y cómo funcionan los procesos judiciales.
En la segunda parte de la entrevista, el eje se trasladó a la situación económica y productiva de Tierra del Fuego y, particularmente, al futuro de la Ley 19.640.
Consultada sobre las recientes medidas vinculadas con los aranceles y los productos fabricados en la provincia, Borruto expresó una posición claramente favorable a la continuidad del régimen de promoción.
La jueza sostuvo que, pese a las discusiones económicas que existen alrededor del régimen, continúa considerando que la Ley 19.640 es una herramienta fundamental.
“Pasaron 53, 54 años de la ley y sigo diciendo lo mismo: le guste o no le guste a los economistas, es una ley impecable”, afirmó.
Borruto puso el foco en uno de los principales objetivos históricos del régimen: la generación de empleo.
Según planteó, la reducción de determinados tributos debe analizarse también en función de los beneficios que puede generar en términos de actividad productiva y puestos de trabajo.
Para la magistrada, el empleo constituye una herramienta fundamental para la dignidad de las personas.
“Lo más digno que tiene un ser humano es el trabajo”, sostuvo.
En esa línea, defendió particularmente el concepto de trabajo genuino, es decir, aquel que permite a las personas contar con sus propios ingresos sin depender exclusivamente de la asistencia estatal.
Borruto también planteó que la defensa de la Ley 19.640 no necesariamente debe estar vinculada exclusivamente con la industria electrónica.
En su opinión, uno de los caminos posibles es reacomodar y diversificar la matriz industrial de Tierra del Fuego.
“Si no tienen electrónica, podemos cambiar la matriz”, sostuvo, al considerar que la industrialización continúa siendo una herramienta capaz de generar una importante cantidad de puestos de trabajo.
En este punto, mencionó las nuevas oportunidades que aparecen a partir del desarrollo tecnológico y de la inteligencia artificial.
La jueza consideró que Tierra del Fuego debería mantenerse abierta a nuevas actividades y tecnologías que puedan permitir la creación de empleo y nuevas inversiones.
Para Borruto, el desafío no pasa solamente por preservar las actividades existentes, sino también por pensar qué nuevas industrias pueden desarrollarse en la provincia aprovechando sus características y ubicación.
La conversación también abordó una cuestión particularmente sensible para Tierra del Fuego: la relación entre población, desarrollo económico y soberanía.
Ante la consulta sobre si la pérdida de puestos de trabajo y la eventual salida de habitantes de la provincia podrían afectar el objetivo estratégico de poblar el extremo sur argentino, Borruto sostuvo que la soberanía es un principio que permanece independientemente de los gobiernos de turno.
“El objetivo de la soberanía está, sea quien sea la bandera política que te gobierne”, afirmó.
La jueza reconoció que la Argentina y Tierra del Fuego atraviesan períodos de crisis y recordó incluso experiencias anteriores, como la crisis de 2001.
Según explicó, las crisis producen cambios y pueden modificar las estructuras económicas y sociales, pero consideró que eso no modifica el carácter estratégico de la provincia.
En ese sentido, fue contundente al afirmar: “La soberanía no se negocia”.
Borruto también destacó la ubicación geográfica de Tierra del Fuego y de las islas del Atlántico Sur.
Consideró que la posición estratégica de la provincia adquiere cada vez mayor relevancia y que la cuestión de la soberanía debe ser abordada mediante herramientas diplomáticas, políticas y económicas.
En ese marco, volvió a señalar que la Ley 19.640 puede ser observada desde una perspectiva más amplia que la estrictamente fiscal.
Para la magistrada, el régimen puede contribuir a mantener población, generar actividad económica y fortalecer el desarrollo de una región considerada estratégica para la Argentina.
“La ley es una herramienta muy importante, hay que mirarla con otros ojos”, sostuvo.
Finalmente, recordó que el régimen lleva más de cinco décadas de vigencia y que, a lo largo de ese tiempo, sufrió distintas modificaciones, fundamentalmente mediante decretos que fueron incorporando o eliminando beneficios.
Para Borruto, la discusión actual sobre el futuro del régimen debe contemplar no solamente sus costos y beneficios económicos, sino también el impacto que tiene sobre el empleo, la población y la presencia argentina en el extremo sur del país.