La ofensiva legal contra el extractivismo clandestino en el Atlántico Sur dio este mediodía un paso institucional determinante. En una resolución firmada a las 11:54 hs del hoy -dentro del Expediente FCR 13706/2026-, la jueza a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande, Dra. Mariel Borruto, declaró formalmente la competencia de ese tribunal y la jurisdicción internacional de la República Argentina para entender en la demanda preventiva promovida contra las corporaciones Rockhopper Exploration plcy Navitas Petroleum Development and Production Limited (NPDP).
La resolución judicial, adoptada de plena conformidad con el Dictamen N.º 267/2026 del Ministerio Público Fiscal, convalida la acción iniciada de manera digital el pasado martes 1 de septiembre por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).
El fallo ratifica que los tribunales federales radicados en la Isla Grande de Tierra del Fuego tienen plena facultad para juzgar las maniobras del consorcio británico-israelí sobre la Cuenca Malvinas Norte.
Los tres pilares de la competencia: almirantazgo, ecología y soberanía
Al fundar su potestad territorial y material en los artículos 116 de la Constitución Nacional, la Ley de Hidrocarburos (Ley 26.659 modificada por Ley 26.915) y la ley de provincialización de Tierra del Fuego(Ley 23.775), la magistrada estructuró su decisión sobre tres argumentos medulares: